domingo, 18 de diciembre de 2016

Moral y Civica

Educación Moral y Cívica

La Educación moral y cívica es el eje en torno al cual se articulan el resto de temas transversales. Sabemos que la finalidad de la educación es el desarrollo integral del alumnado y para ello es necesario que la educación no se limite a la adquisición de contenidos intelectuales sino que también impulse la dimensión moral de la educación.
Un conjunto de acciones intencionadas tendente a que los alumnos construyan racional y autónomamente sus propios valores y normas, adopten actitudes coherentes con los mismos y se comporten de manera consecutiva.


Temas Tratados

La Constitución Dominicana: Es nuestra “Carta Magna”: la más sublime recopilación de leyes que regulan el desenvolvimiento de la vida diaria del país, a todos los niveles. La primera Constitución data del 6 de noviembre de 1844 y a través de los años ha sufrido diversas reformas. Sirve para vivir en armonía y paz

Nombres de la Constitución:
•           CARTA MAGNA
•           CONSTITUCION NACIONAL
•           LEYES DE LEYES
•           LEY FUNDAMENTAL
•           LEY SUSTANTIDA

Deberes Fundamentales
1) Acatar y cumplir la Constitución y las leyes, respetar y obedecer las autoridades establecidas por ellas
2) Votar, siempre que se esté en capacidad legal para hacerlo
3) Prestar los servicios civiles y militares que la Patria requiera para su defensa y conservación, de conformidad con lo establecido por la ley
4) Prestar servicios para el desarrollo, exigible a los dominicanos y dominicanas de edades comprendidas entre los dieciséis y veintiún años. Estos servicios podrán ser prestados voluntariamente por los mayores de veintiún años.
5) Abstenerse de realizar todo acto perjudicial a la estabilidad, independencia o soberanía de la República Dominicana.
6) Todo ciudadano aceptar y cumplir con los fundamentos de la Constitución de la República y con las leyes vigentes, así como respetar y obedecer las autoridades cuyas funciones son precisamente el velar por el cumplimiento del orden y del buen desenvolvimiento de la sociedad.

El Poder Ejecutivo En La Republica Dominicana
Según el artículo 49 de la constitución  del 2002 dice que: El poder ejecutivo se ejerce por el presidente de la República Dominicana quien será el elegido cada 4 años.
Los requisitos para ser presidente son:
·         Haber cumplido 30 años de edad
·         Estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y politico

·         No estar en servicio militar politico activo por lo menos durante las elecciones.

No hay comentarios:

Publicar un comentario